Las leyes sobre protección y bienestar animal que se están desarrollando y modificando invitan a una reflexión sobre las implicaciones que la interpretación de su texto acarrean sobre cuestiones a veces un tanto inesperadas
Hola amig@s. Recientemente, cuando acudimos a una de esas innumerables conferencias en un congreso, el ponente, un veterinario español de enorme prestigio, tanto es así que hasta hace poco ha estado trabajando durante varios años en una universidad estadounidense, en una de esas salidas del guión, típicas de los profesionales veteranos que ven cosas mucho más allá de lo estrictamente profesional, nos empezó a contar un asunto relacionado con la consideración que para los americanos, tiene ser responsable de una mascota. Así, nos decía que para ellos, desde hace tiempo, no está muy bien visto hablar de “dueño” o “propietario” de un perro o gato. Seguramente, como a todos los que asistíamos a esta charla, a vosotros ahora mismo os asaltará la misma pregunta, ¿entonces, yo que soy de mi perro o gato?. La respuesta, seguramente al ver la cara de asombro de todos los allí presentes, no tardó en llegar por parte de nuestro compañero, los americanos hablan de “papá” o “mamá”. Obviamente surgió en la sala un rumor silencioso, un tanto de sarcasmo o mofa, y otro tanto de asentimiento. Una vez más, consciente del carácter e idiosincrasia propia de los españoles, tuvo que añadir un pequeño matiz a su comentario, quizás fruto de su cosecha propia, con la idea de relajar el impacto de semejante filosofía americana en nuestra mentalidad forjada a fuego durante muuuuuchos años. Aquí podemos sustituir “papá” o “mamá” por “responsable” o “tutor”, sabedor de que lo primero resultaría un tanto pedante en muchos ambientes ibéricos,… hasta que poco a poco nos vayamos habituando y asumiendo lo que no tardando mucho será una realidad.
Sin embargo, esto que podría ser una simple anécdota procedente de las peculiaridades de la gente de tierras lejanas y exóticas allende los mares, cayó como una bomba informativa cuando relacionó esta curiosidad con lo que ya es una realidad, la ley sobre bienestar animal, en la que a las mascotas y animales en general se les ha declarado seres vivos con sentimientos y expuestos al sufrimiento como los seres humanos, y no cosas ni objetos, por lo que el concepto de propiedad no puede ser aplicado sobre ellos. Es decir, la ley de bienestar animal no solo habla de aspectos aparentemente tan bucólicos
como que los animales tienen sentimientos y pueden sufrir, si no que regula aspectos legales, mucho más terrenales y burocráticos con consecuencias de tipo administrativo sobre las que quizás no nos hemos parado a pensar o no le hemos dado la importancia que se merecen. ¿Qué consecuencias puede tener eso de que por ley nuestras mascotas no puedan ser consideradas una propiedad más como lo es el coche o la casa? Sin embargo, nuestro perro o gato sigue siendo responsabilidad nuestra, o dicho de otra manera, todo lo que le pueda pasar a nuestra mascota, o todo lo que nuestra mascota pueda provocar es única y exclusivamente responsabilidad nuestra, de sus “padres”, “tutores” o como lo queramos denominar, pero empecemos a olvidar eso de “dueños”, “amos” o “propietarios”.
De nuevo, no hace falta ser un vidente, si no solamente tener un poco de experiencia acompañada de unos cuantos años, para saber que lo que pasa en países como Estados Unidos, Inglaterra, Alemania, Holanda, Bélgica, Francia, y muchos más, bastante más adelantados que en España en lo relacionado con las mascotas y su bienestar, es triste y duro reconocerlo, más pronto o más tarde, llegará aquí, y lo veremos como algo normal y no como otra moda más de esas “progres” o pedantes que nos contagian los anglosajones. Mientras eso llega, los veterinarios estaremos ahí para transmitir lo que significa “bienestar animal” y sobre todo respeto.
¿Qué opináis vosotr@s? ¿Cómo llamáis a vuestro peludo?
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